Una reciente declaración de un ex gobernador regional propone la partición del Perú en dos repúblicas: los departamentos del norte del país y Lima, y de otra parte, la sierra sur y parte de la sierra central. Nuestra Constitución establece en su artículo 43: “El Estado es uno e indivisible. Su gobierno es unitario, representativo y descentralizado, y se organiza según el principio de la separación de poderes”.
En el período agosto 1837 - febrero 1839, tuvimos dos presidentes simultáneos: Orbegoso (1837-1838) y Riva Agüero (1838-39), presidentes del Estado Nor-Peruano, y Herrera y Rodado, natural de Santiago de Chile (1837-1838) y Tristán y Moscoso (1838-1839), presidentes del Estado Sud Peruano, aunque no se llegó a realizar una división formal de territorios ni de normas.
Continuando con esta hipótesis, en principio habría que convocar a un referéndum para que las regiones decidan su interés en la división. Tengo dudas sobre si algunas de las señaladas para la nueva república, estarían de acuerdo con el separatismo, velando por sus intereses económicos antes que políticos. Incluso, habría que establecer el parecer de las provincias de distintas regiones donde podría imperar la unidad o el separatismo, mas algunas provincias de las mismas tal vez elegirían lo contrario. Los nuevos mapas serían figuras geométricas amorfas, con algunas localidades separadas del país elegido por las del nuevo.
Cada país deberá proceder, de inmediato, a la construcción de su nueva Constitución, y mientras ello sucede, se presentará un período de inestabilidad jurídica que ahuyentará cualquier inversión, probablemente por dos o más años, afectando más aún la situación de desempleo y pobreza; asimismo, el Congreso elegido recientemente tendría que partirse: los representantes de cada región – según el país al que pertenezcan – formarán un nuevo Congreso en cada uno de los nuevos países. El problema subsiste en los representantes de una región que provienen de una provincia que haya decidido partirse de la elección de la región.
No es lo único pues se tendrán que conformar nuevos organismos propios de cada país, como son el Poder Judicial, Ministerio Público, y poder electoral, además del Tribunal Constitucional y Defensoría del Pueblo, si las nuevas constituciones acuerdan este tipo de instituciones.
Los símbolos patrios deberán modificarse y ello puede realizarse rápidamente, pero el asunto será la moneda selecciona para cada uno de los países, y cómo será la distribución de las reservas monetarias, cuya administración la tiene el BCR, si es que se procede a ello.
Otros trámites son la emisión de nuevos documentos de identidad, pasaportes, licencias, relacionamiento internacional, colegios profesionales, el contenido educativo, la participación de las selecciones deportivas en torneos locales e internacionales, y por supuesto las fuerzas armadas y policiales.
Un ejemplo claro fue la disolución de Yugoeslavia en seis repúblicas soberanas (Eslovenia, Bosnia y Herzegovina, Croacia, Montenegro, Macedonia del Norte, y Serbia), que se inició en 1991 y culminó en 2006 (tres lustros), con el agregado de todos los problemas, rencillas y conflictos durante ese largo período.
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