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Germán Lench / Congreso sin iniciativa de gasto (1 de 2)

El Congreso no tiene iniciativa de gasto


El Gobierno Central reclama: “Hay una serie de normas que afectan o la Constitución o la caja fiscal o la estabilidad macroeconómica y el presupuesto o la iniciativa de gasto. Sobre estas normas estamos haciendo un estudio especial y probablemente estemos presentando un paquete de acciones de inconstitucionalidad para que sea el Tribunal Constitucional que defina la suerte de estas normas”.


James Buchanan premio Nobel de economía 1986 especialista en economía constitucional sostenía: “En cierto sentido, en el mecanismo fiscal, las instituciones de la hacienda pública, son los elementos económicos del proceso político” (La Hacienda Pública en un proceso Democrático)


Decía que “Debemos destacar la propuesta de restricción constitucional al déficit fiscal que fue una de las primeras luchas académico-políticas de Buchanan que lo llevó incluso a liderar una propuesta de reforma constitucional. Afirma que la práctica de los presupuestos deficitarios adicionalmente a sus nocivas consecuencias económicas, (una de las cuales es la inflación), destruye las restricciones que pueden imponerse al desmedido apetito de los políticos por gastar sin necesidad de establecer impuestos y resume la política del gasto de forma especialmente descriptiva en los siguientes términos: “los contribuyentes disfrutan de los beneficios de gasto público; no disfrutan con el pago de los impuestos”.


En la actualidad se necesitamos recursos para afrontar las consecuencias de los graves daños causados por los fenómenos climáticos, sequías, inundaciones y deslizamientos por lluvias, que afectaron seriamente a nuestra economía. En la costa las precipitaciones han agravado la inseguridad alimentaria por la caída de la producción agraria, también ha dañado la infraestructura de transportes, vivienda, comunicaciones, salud y educación principalmente. La emergencia por desastres afecto aproximadamente al 60% del país, 969 distritos y 123 provincias en 22 departamentos.


Nuestro Congreso de la República, que tiene un rechazo del 90% de la población ha aprobado por insistencia diversos proyectos de ley que tiene que ver con temas especializados en economía, finanzas, presupuesto y muchos contienen iniciativa de gasto que atenta contra la meta fiscal establecida por el Gobierno Central a través del Ministerio de Economía y finanzas - MEF.


Sin embargo, el artículo 79º de la Constitución Política establece: “Los representantes ante el Congreso no tienen iniciativa de gasto para crear ni aumentar gastos públicos, salvo en lo que se refiere a su presupuesto.” Los Congresistas no tienen iniciativa legislativa de gasto y están prohibidos de presentar proyectos de ley que generan gasto, no tienen facultad para aprobar gasto, ni menos para disponer o efectuar su ejecución.


No puede existir ninguna interpretación distinta a la que textualmente y con claridad indica el artículo 79º, que los congresistas no tienen iniciativa de gasto.


Claro la interpretación que dio la sentencia del Tribunal Constitucional que se refiere a próximos años presupuestales, no puede romper la disciplina fiscal ni la racionalización de gastos diferente a lo que creo se quiere decir refiriéndose a la reestructuración presupuestal y reasignación o reorientación de partidas presupuestales por prioridades de gastos en un próximo presupuesto anual de años futuros que interpreto de la sentencia del TC.


Debo precisar al TC que el economista y Premio Nobel 2004, Finn Kydland, ha asegurado hoy que lo "más importante" en los momentos actuales es "tener una buena política fiscal" porque es lo que hace que "la economía crezca a mediano o largo plazo".


De forma errada los proyectos de Ley, que tienen iniciativa de gasto aprobados por el Congreso de la República, se han convertido en Leyes antitécnicas, por esta sencilla razón, al analizar los gastos que queremos que el Estado asuma y cumpla con ejecutarlos se debe tener en cuenta su financiamiento o sea los ingresos y entender qué combinación es la menos dañina, porque tendrá influencia directa en nuestra economía.

Ejemplo: proyecto de ley que pretende aprobar el Congreso de la República, que dispone el nombramiento automático a docentes que tengan más de tres años como contratados.


Ley 31131 - Ley que establece disposiciones para erradicar la discriminación en los regímenes laborales del sector público, denominada: Ley de Contrato Administrativo CAS que fue derogada por el Tribunal Constitucional con la sentencia 11-2020-PI/TC.

Debe ser de conocimiento público que el déficit fiscal se produce cuando los gastos realizados por el Estado en un período generalmente de un año, superan a los ingresos fiscales y en nuestra economía 2023 está el déficit entre 2,5% y 3,8% del PBI, pudiendo romper la regla fiscal que tiene una meta máxima de 2.4%, por la caída de la recaudación tributaria a consecuencia del bajo crecimiento de nuestra economía proyectada en un rango de entre 0.8% a 1.5% en el PBI. El objetivo central, es evitar que estalle una crisis fiscal.


Adicionalmente se debe sugerir al MEF que para aumentar la recaudación tributaria o sea los ingresos fiscales, es muy importante lograr la confianza ciudadana, los impuestos deben ir vinculados a la prestación de bienes y servicios públicos eficientemente. La presión tributaria peruana 2022 es de 16.8% y en ALC 21.2%.



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