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Llulia López / Incertidumbre laboral

Incertidumbre en el mercado laboral del sector público

Los congresistas que eliminaron el régimen CAS vigente desde el 10 de marzo, deja en la incertidumbre laboral a miles de profesionales que prestan servicios en Modalidad de Locación, CAS temporales y además reduce el mercado laboral que se había desarrollado en la modernización del Sector Público. Lejos de evaluar la vulnerabilidad presupuestaria del ejecutivo y trazar una alternativa a esta ley, aprobaron por insistencia la Ley N.º 31131 “Que establece disposiciones para erradicar la discriminación en los regímenes laborales del sector público” para la incorporación cerca de 286 mil trabajadores CAS a los regímenes de DL 728 o del DL 276 en un plazo no mayor de 5 años.


Consecuencias de esta ley

El personal CAS pasó a ser de tiempo indefinido, con el plus que no puede ser despedido por causa justa debidamente comprobada. Por otro lado, prohíbe contratar nuevo personal excepto de los contratos CAS de confianza, siempre y cuando haya una necesidad temporal y/o reemplazo establecido en el artículo 4 y en la modificación a los artículos 5 y 10 del Decreto Legislativo N° 1057.


Ante esta realidad de limitaciones para contratar nuevo personal, el ejecutivo restituye temporalmente el régimen CAS con el Decreto de Urgencia 034-2021 para permitir que las entidades públicas puedan volver a contratar personal hasta el 17 de mayo del 2021 con una duración hasta el 31 de diciembre del 2021, sin elección a ampliar los contratos CAS.


En este contexto de incertidumbre, el Poder Ejecutivo acudió al Tribunal Constitucional para que declare la inconstitucionalidad del efecto de la Ley, fundada en argumentos de que “la incorporación de nuevos servidores a la administración pública se opone a la reforma del Servicio Civil” en el sentido que la plaza del régimen del Servicio Civil se viabiliza en el Tránsito tomando el presupuesto de las plazas CAS, que van siendo desactivadas, sin embargo, ahora estas plazas CAS pasan a ser de plazo indeterminado y ya no pueden contar con dicho presupuesto para cubrir y “activar” las plazas del régimen.


Alternativas de contratación

Por un lado, el ejecutivo, publico el D.U Nº 083-2021 “Que Dicta Medidas Extraordinarias para el Fortalecimiento de la Disponibilidad de Recursos Humanos ante la Emergencia Sanitaria Por La Covid-19”. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL que autoriza la contratación de personal bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 1057, hasta el 2 de noviembre de 2021 vigente hasta el 31 de diciembre de 2021.


Por otro lado, permanece la Ley N° 31298, que prohíbe a la Entidades Públicas contratar Personal Mediante la Modalidad de Locación de Servicios hasta que el ejecutivo reglamente la presente ley.


Hasta que el Tribunal resuelva la demanda, creo que corresponde al gobierno articular y concertar con el Legislativo como un punto de partida, la aprobación de una Ley sobre la Reorganización de las Entidades del Estado con la finalidad de mejorar la gestión pública con servidores públicos calificados y adecuadamente remunerados.


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