Recomendaciones macroeconómicas para desarrollar la Mype
Considerando que el objetivo económico de todos los partidos políticos es mejorar la calidad de vida de la población y siendo la MYPE el generador del empleo productivo de más del 85% de la PEA los objetivos deben centrarse en la movilización de los recursos del estado a orientar el crecimiento de la actividad productiva formal del Perú.
Esto significa “promover la formalización realista y de crecimiento” de la “micro empresa” para llegar a ser “pequeña empresa”, luego a ser “mediana empresa” sobre la base de eficiencia y competitividad creando “espacios productivos que aseguren excedentes” que promuevan su crecimiento y fortalecimiento para adquirir tecnología, mejora de procesos, contratar personal calificado, para lo cual, se recomienda lo siguiente:
PRIMERA RECOMENDACIÓN MACROECONOMICA. Estabilidad monetaria que significa: “mantener una baja inflación y devaluación” lograda entre el 2000 y el 2020 con crecimiento sostenido con una mejor intervención del estado descrito en la tercera conclusión y sintetizado a continuación:
- Ningún país podrá mejorar la calidad de vida de la población si no es capaz de producir más bienes y servicios
- Estado promotor de la actividad privada con responsabilidad social y ambiental
- Política fiscal responsable, con un presupuesto público que se financia con los impuestos y regalías recaudados.
- Independencia del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) Asegura que no se recurra a la “emisión inorgánica de dinero” que termina en “hiperinflación”
- Economía social de mercado. Concepto universal que “el mercado” es el mejor asignador de recursos y que garantiza una estructura económica del país competitiva, sostenible y sustentable, con leyes que regulan los monopolios y oligopolios indispensables para el desarrollo.
SEGUNDA RECOMENDACIÓN MACROECONOMICA. La creación de “espacios económicos productivos en la MYPE” promovidos por el Estado: orientados a generar competitividad con tecnología y capacitación, así como incrementar el patrimonio a los más pobres basados en las observaciones descritas en el presente estudio y sintetizadas a continuación.
En la “Agricultura” con las siguientes acciones:
- Nuevas irrigaciones en la costa, sierra y selva.
- Profundización de los programas de “Sierra Productiva”,
- Iniciar programas agrícolas y forestales con “Selva productiva”. ▪ “Reforestación de grandes áreas en costa, sierra y selva”.
En la “Minería” con visión estratégica, impacto social y económico.
- Formalización de la Minería Artesanal y de Pequeña Escala (MAPE)
- Desarrollar mercado interno del oro y cobre para fomentar productos con valor agregado (Joyas, artesanía, maquinas, baterías, etc.).
En el “Turismo” que tiene un gran impacto en la generación de empleo y divisas.
- Turismo rural: Con énfasis vivencial, cultural y uso de tecnologías limpias.
- Turismo urbano: Con atractivos culturales, esparcimiento y gastronomía
TERCERA RECOMENDACIÓN MACROECONOMICA. Una “legislación realista sostenible y viable de responsabilidad tributaria y laboral” de la actividad económica de la MYPE que “promueva la formalización y su crecimiento”, que en la actualidad la “formalidad tributaria MYPE es costosa y confiscatoria” para promover “empresas medianas” más competitivas y luego llegar a ser “grandes empresas” nacionales que es lo que el país requiere.
CUARTA RECOMENDACIÓN MACROECONOMICA. Inclusión financiera. Promoviendo el acceso al crédito responsable de la MYPE administrado por las instituciones financieras microfinancieras (IMFs) que asumen el riesgo crediticio aprovechando la experiencia del 2000 al 2019 compitiendo por atender a la MYPE como las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (CMACs), Cajas Rurales de Ahorro y Crédito (CRACs), Cooperativas de Ahorro y Crédito, etc.
En el sector comercio, servicios y pequeña industria las IMFs tienen mucha experiencia y la formalización ayudaría a préstamos de mayor cuantía con un crecimiento sano y sostenible. Esto significa “evitar la distorsión del crédito en el sector de la micro y pequeña agricultura” (MYPE agrícola de 1 a 5 hectáreas) donde se requiere un apoyo decidido al agricultor en calidad de “donación productiva agrícola” que consiste en la “infraestructura básica para captar agua y riego tecnificado” desarrollado en “sierra y selva productiva” que inicialmente el agricultor no puede pagar el financiamiento. Asistencia técnica, tributaria, laboral, tecnológica y financiera promovida por el Estado para brindar servicios que desarrollen la capacidad de gestión de la MYPE
QUINTA RECOMENDACIÓN MACROECONOMICA. La eliminación de la corrupción, la impunidad y la ineficiencia del Estado que es un problema que afecta a todos los peruanos y que esperamos se corrija en democracia, la salud y la educación de manera que asegure calidad humana con valores éticos y sociales evitando la destrucción de los espacios económicos que es el sustento de millones de peruanos y el progreso de nuestra nación RECOMENDACIONES PARA FORMALIZACION DE LA MYPE
Se requiere urgentemente un cambio de legislación MYPE para su formalización legal, tributaria y laboral para dejar de seguir viviendo a espaldas a la realidad expuesta en la tercera y cuarta conclusión.
PRIMERA PROPUESTA MYPE sobre la base de la legislación actual y manteniendo la lógica aplicada durante los últimos 20 años que solo dio incentivos en la “formalidad laboral” donde la MYPE paga el 50% de los beneficios sociales (gratificación, compensación de beneficios sociales (CTS) y vacaciones), donde la “formalidad legal” de la actividad económica y la “formalidad tributaria” es más compleja desde el punto de vista administrativo y tecnológico, además de costosa.
Teniendo en cuenta que el salario mínimo fue de S/. 1,443 en el año 2019 y que una empresa MYPE paga un sueldo que puede pagar de S/. 1,000 mensual a su trabajador de los cuales se le descuenta el 13% de AFP o de ONP termina recibiendo un neto de S/. 870 que le debe alcanzar para sufragar sus gastos mensuales y en navidad y fiestas patrias recibe medio sueldo y tiene derecho a 15 días de vacaciones lo que hace un ingreso promedio mensual de S/. 1,051.00 de acuerdo a las leyes laborales vigentes.
Al emprendedor sobre los S/. 1,000 mensuales de sueldo de su trabajador MYPE debe pagar el 9% de EsSalud y durante el año pagar el CTS el 50% del sueldo (mayo:25% y noviembre:25%), gratificaciones el 50% del sueldo en julio y diciembre, así como 15 días de vacaciones lo que hace un costo del trabajador de S/. 1,271 al mes para lo cual la empresa MYPE debe tener la capacidad de tener un margen de contribución (venta – costo de venta) de S/. 1,385 al mes en la que se considera el costo del 18% de IGV.
En el Cuadro N° 9 se puede apreciar con claridad la óptica del trabajador y del emprendedor MYPE en la que a juicio del suscrito no se puede bajar los beneficios recortados al trabajador y por lo tanto el problema central es la contribución de la MYPE al estado en la que se mantiene la tasa de EsSalud del 9% y el IGV del 18%.

La propuesta párate que al igual que los trabajadores MYPE contribuyen en la “formalización laboral” con el 50% de los beneficios sociales (CTS, Gratificaciones y vacaciones) y que no ha sido suficiente para que el 70% de las MYPES se formalicen antes de la pandemia. Esta alta informalidad disminuiría si también disminuye en 50% de las contribuciones MYPE a EsSalud y a la SUNAT con el IGV
El resultado para la empresa MYPE es que la contribución a EsSalud baja de S/. 90 a S/. 45 y en el caso del IGV de S/. 114 baja a 0.00 debido a que el ejemplo asume que 50% de la venta MYPE tiene compras con un crédito fiscal del S/. 114 lo que da un ahorro total en EsSalud y de IGV de S/. 159 que representa un ahorro del 13% del costo por cada trabajador MYPE.

Este ahorro del 13% permitirá generar recursos a la empresa MYPE para formalizarse, sin embargo, todavía el costo es alto para la MYPE considerando que paga menos de S/. 1,000 en promedio y el sueldo mínimo es de S/. 1,025. Por otro lado, es importante ver el efecto fiscal de la contribución de las MYPES en la recaudación de impuestos actual y proyectado ya que por un lado se recaudará menos de las MYPES formales y por el otro lado se incorporarán otras que se irán formalizando. El gran beneficio es que MYPES formalizadas podrán acceder al crédito, invertir en maquinaria y equipo, tecnología, infraestructura generando un círculo virtuoso de desarrollo.
Finalmente debe tenerse un “sistema de reporte sencillo y ágil a la SUNAT” acompañado con un ajuste de los límites del Régimen Especial de Renta (RER) que permita operar en un nivel de “ventas al mes” “de S/. 0.00 a las 50 UIT (S/ 4,200 x 50 = S/. 210,000)”, con el que se esperaría un buen inicio de “formalización tributario y laboral”.
SEGUNDA PROPUESTA MYPE sobre la base de la primera propuesta se podría mejorar la percepción de los trabajadores que se disminuya el aporte de la ONP o la AFP del 13% al 10% y tener más efectivo para el consumo familia, así como tener un “Salario MYPE de excepción”.
Una baja del salario no sería aceptada, el problema es que la mayor parte de la MYPE realmente no paga el salario mínimo vital en el que habría que ver la posibilidad de que por “acuerdo de las partes” y con el “V°B° del Ministerio de Trabajo” debidamente reglamentado se pueda tener por excepción hasta 2 años con salarios inferiores (Mínimo 70% del SMV) manteniendo los beneficios de las leyes MYPE actuales y sin “obligación del descuento por AFO o de ONP) de manera que pueda disponer mayor efectivo para sus gastos.
Esto quiere decir que el “Salario MYPE de excepción” sería un mínimo de ser S/. 720 o más con lo que formaliza personal y el reconocimiento del gasto con lo cual podría acceder al crédito, acreditar movimiento formal, bancarizar a la empresa y sus trabajadores. En el cuadro N° 11 se ilustra un ejemplo práctico con el mínimo sueldo excepcional MYPE.

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