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Fernando Ferradas / Restos o Cenizas

Foto del escritor: Análisis EfectivoAnálisis Efectivo

César Augusto Nakazaki Servigón, abogado penalista, nos recuerda que, según la ley, los “únicos que tienen derecho sobre los restos de un fallecido son los familiares” (…) Caso contrario se necesitaría algún instrumento legal de igual o mayor jerarquía, que modifique lo legislado.


Es un hecho factual que el derecho recae, en el caso en cuestión, en la viuda del mismo. Sin embargo, por encontrarse en la cárcel y no poder ejercer directamente ese derecho, ha otorgado, mediante carta poder legalizada, la ejecución del mismo a tercera persona. Actuar en forma contraria, sin modificar la legislación, constituiría un precedente en el derecho social creando jurisprudencia peligrosa sobre el mismo.


Es probable, si se actúa dentro del régimen legal vigente, que los restos sean entregados a interpósita persona, quien tendrá el derecho de tomar las decisiones respectivas para las exequias, velatorio, entierro o cremación según desee. En este supuesto y negado caso, nos permitiría- a la luz de los acontecimientos que se susciten- comprobar fehacientemente la identidad tan discutida del occiso, y también conocer con cuanto arraigo o desprecio cuenta tanto el occiso como la organización que lideraba.


Una oportunidad democrática para medir, observar y reflexionar sobre el sentir de la población, sin victimizar a las esmirriadas huestes, que denominan “remanentes del senderismo”. Y lo que podría ser peor es perpetuar la imagen de atropello a los derechos individuales de las personas.


Esta aclaración legitima del abogado Nakazaki, proveniente de un miembro conocido del derecho – a quien sería imposible calificar como apología al terrorismo, ya que sobre el cual se conoce su posición fujimorista, pública y notoria, contraria a los movimientos subversivos de Sendero Luminoso, Movadef, y similares. Aclaración que amerita la objetividad y legalidad de su afirmación.


A no ser que se esté curando en salud - pensando en la muerte del expresidente - sentenciado y preso- allanando el camino, ex-ante, para cuando los familiares quieran ejercer el derecho de administrar los funerales. “Quid pro Quo”, una cosa por otra en sentido lato.


 
 
 

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