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Ronald Ancajima / Hidráulica Inca en la solución de los problemas del agua

Actualizado: 29 feb 2020



En Julio 2019 apareció una nota en diferentes medios de comunicación, que las prácticas de infiltración pre Inca aportarían en la seguridad hídrica, resultado de investigaciones que el Nature Sustainability de Londres realiza.


Esta noticia es una aseveración que de forma permanente y continua lo mencionan los amigos de Hidráulica Inca en cada una de sus publicaciones. Para llegar a esta conclusión solo debemos observar lo que realiza, de forma ancestral, la Comunidad Campesina de Tupicocha en las alturas del río Lurín en Lima.


El estado peruano a través de la Ley 30989 (23-jul-2019), declaró de interés nacional y necesidad pública la implementación de la siembra y cosecha de agua, señalando lo siguiente: “En la referida Ley, se declara de interés nacional y necesidad pública la implementación de la siembra y cosecha de agua en las partes altas y medias de las cuencas, como obra pública, comunal u otras, así como la difusión de las técnicas ancestrales de siembra y cosecha de agua en la población, tomando en consideración la gestión integrada de los recursos hídricos, las buenas prácticas implementadas en las partes altas de las cuencas, sus beneficios para los ecosistemas y para las poblaciones asentadas en las cuencas bajas”

Indica además que se deben articular las diferentes acciones que se promueven en la normativa existente en la Ley de Recursos Hídricos, el Plan Nacional de Recursos Hídricos, la Política y Estrategia Nacional de Recursos Hídricos, la Política Nacional del Ambiente, la Política Nacional Agraria, los Lineamientos de Política y estrategia Nacional de Riego 2015-2025, y la Ley de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos, con el propósito de impulsar la recarga hídrica en las cabeceras de cuenca y microcuenca e incrementar la disponibilidad de agua en el marco de una gestión integral de recursos hídricos.


Sin lugar a dudas es una norma de mucha importancia para lo que significa el reconocimiento de las técnicas ancestrales en el uso del agua, que debe ir acompañada de acciones de orden nacional para su implementación.


No creemos que se debe poner un límite de Ccochas por construir, o al monto de inversión. Esto debe obedecer a un plan mínimo que defina lugares y tamaños. No necesariamente 200 ccochas, no necesariamente 50,000 soles por ccocha. Sino lo que la planificación indique. Asimismo, las demás prácticas de siembra y cosecha del agua deben obedecer a una planificación a realizar en cada uno de los lugares.


Para mayor detalle leer documento: LEY 30989


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